COFI:FT/VIII/2002/9




Tema 10 del programa provisional

COMITÉ DE PESCA

SUBCOMITÉ SOBRE COMERCIO PESQUERO

Octava reunión

Bremen, Alemania, 12-16 de febrero de 2002

SEGURIDAD, CALIDAD Y COMERCIO DE PRODUCTOS PESQUEROS



Indice


ACONTECIMIENTOS RECIENTES RELACIONADOS CON LA INOCUIDAD Y LA CALIDAD DEL PESCADO

1. En su séptima reunión (2000), el Subcomité sobre Comercio Pesquero hizo hincapié en la necesidad de una armonización más rápida de las normas sobre inocuidad y calidad del pescado de conformidad con las disposiciones del Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF) y las del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio (OTC). Igualmente, subrayó la utilización creciente de la evaluación de riesgos y sus posibles repercusiones en los medios institucionales de los países exportadores, y opinó que la FAO podía contribuir al análisis de riesgos en cooperación con el Codex. El Subcomité señaló que había que estudiar la elaboración de un nuevo enfoque del riesgo para apoyar la investigación de un sistema práctico de aplicación del Análisis de Peligros y de Puntos Críticos de Control (HACCP) en cooperación con la Comisión del Codex Alimentarius.

2. La creciente demanda de pescado y productos pesqueros, unida al progreso tecnológico de la manipulación, conservación y distribución de pescado, y el aumento de la sensibilización y de la demanda por parte de los consumidores de un pescado inocuo y de alta calidad dio lugar a que muchos países emprendieran una evaluación y una reorganización globales de sus sistemas de inspección y control de pescado a fin de mejorar la eficacia, y racionalizar el uso de los recursos humanos y armonizar los enfoques.

3. Esta búsqueda de la armonización ha provocado en todo el mundo una convergencia hacia la necesidad de cambiar de un enfoque tradicional ampliamente basado en el muestreo y la inspección del producto final a la aplicación de un enfoque preventivo de la inocuidad y la calidad fundamentado en el análisis de riesgo y en los principios del sistema HACCP. Los principales méritos de este enfoque son su orientación hacia unos objetivos, por oposición a un carácter prescriptivo, su fundamento científico, su capacidad de tener en cuenta el progreso científico y tecnológico, su aplicabilidad gradual desde el mar a la mesa y la exigencia de una consulta de manera transparente con todas las partes interesadas, así como el marco para poder llevarla a cabo.

4. A nivel nacional, la aplicación de este enfoque preventivo de la inocuidad y la calidad requiere el trabajo sinérgico de las cuatro principales partes interesadas, a saber, la industria pesquera, la autoridad encargada del control pesquero, las instituciones de apoyo y el consumidor y sus grupos de defensa. La industria pesquera debería mejorar los medios de manipulación y elaboración y los conocimientos tecnológicos, y aplicar los requisitos de higiene, las Buenas Prácticas de Fabricación (BPF) y el HACCP. La autoridad encargada de control pesquero deberá actualizar la legislación sobre la calidad y la inocuidad del pescado, reorganizar los servicios de control, capacitar al personal y mejorar las instalaciones y los laboratorios de control. Las instituciones de apoyo (centros académicos, asociaciones comerciales, sector privado, etc.) deberían capacitar al personal del sector industrial y al de la autoridad de control, llevar a cabo investigaciones sobre la calidad, la inocuidad y la evaluación de riesgos y proporcionar apoyo técnico en estos ámbitos. Por último, los consumidores y los grupos de defensa del consumidor pueden desempeñar una función de compensación para asegurar que la elaboración de legislación o la aplicación de políticas relacionadas con la inocuidad y la calidad no se basen únicamente en unas consideraciones socioeconómicas y políticas que redunden en menoscabo de la inocuidad y la calidad. También pueden desempeñar una función fundamental en la instrucción e información del consumidor sobre los principales temas de la inocuidad y la calidad.

5. En los niveles regional e internacional, las agrupaciones económicas y las organizaciones internacionales han promulgado acuerdos, reglamentos y normas a fin de dotar a los países y agrupaciones regionales de los medios para aplicar este enfoque sobre la calidad y la inocuidad del pescado para proporcionar el nivel adecuado de protección del consumidor sin constituir unos obstáculos encubiertos al comercio. Se requiere una cooperación ulterior para conseguir un enfoque más armonizado, transparente y fundamentado en unos hechos científicos.

EL ESCENARIO INTERNACIONAL

6. Las organizaciones que desempeñan una función principal en el establecimiento del marco internacional para la inocuidad y la calidad del pescado son la Organización Mundial del Comercio (OMC) y la Comisión del Codex Alimentarius de la OMS/FAO.

7. Dos acuerdos vinculantes de la OMC (el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas MSF y el Acuerdo sobre los OTC) repercuten considerablemente en la inocuidad y la calidad de los productos pesqueros.

8. El Acuerdo MSF confirma el derecho de los países miembros de la OMC a aplicar las medidas necesarias para proteger la vida y la salud de las personas, los animales y las plantas. El objetivo del Acuerdo MSF es asegurar que las medidas establecidas por los gobiernos para proteger la vida y la salud de las personas, los animales y las plantas, en el sector agrícola, incluida la pesca, sean coherentes con las obligaciones que prohiben la discriminación arbitraria o injustificable en el comercio entre países en el que prevalecen las mismas condiciones y no sean restricciones encubiertas al comercio internacional.

9. En relación con las medidas de inocuidad de los alimentos, el acuerdo MSF se quiere que los Miembros de la OMC fundamenten sus medidas nacionales en las normas internacionales, directrices y otras recomendaciones aprobadas por la Comisión del Codex Alimentarius siempre que las haya. Esto no impide que un país miembro pueda adoptar unas medidas más estrictas si hay una justificación científica para hacerlo, o si el nivel de protección que prevé la norma del Codex no es coherente con el nivel de protección que el país interesado aplica generalmente y considera apropiado.

10. El Acuerdo MSF estipula que cualquier medida que se adopte para ajustarse a las normas, directrices y recomendaciones internacionales del Codex se consideran apropiadas, necesarias y no discriminatorias. Por último, el Acuerdo MSF requiere que las medidas MSF se basen en una evaluación de riesgos para la vida de las personas, los animales y las plantas, para el cual se hayan utilizado las técnicas de evaluación aceptadas a nivel internacional.

11. El objetivo del Acuerdo OTC es impedir que los requisitos técnicos nacionales o regionales, o las normas en general, se utilicen como obstáculos técnicos injustificados al comercio. Este Acuerdo prevé normas relativas a todo tipo de productos, incluidos los productos industriales y los requisitos de calidad para los alimentos (excepto los requisitos relativos a las medidas MSF). Asimismo, prevé numerosas medidas destinadas a proteger al consumidor contra el engaño y el fraude económico.

12. El Acuerdo OTC estipula básicamente que todas las normas y reglamentos deben tener un objetivo legítimo y que los efectos o los costos de la aplicación de la norma deben ser proporcionales al objetivo de la misma. También estipula que, si hay dos o más maneras de conseguir el mismo objetivo, se deberá emplear la manera menos restrictiva para el comercio. El Acuerdo también hace hincapié en las normas internacionales, obligando a los miembros de la OMC a utilizar las normas internacionales o partes de ellas, salvo en el caso de que la norma internacional sea ineficaz o inapropiada en la situación nacional.

13. Los aspectos de las normas alimentarias que el Acuerdo OTC prevé específicamente en sus requisitos son las disposiciones sobre la calidad, las necesidades nutricionales, el etiquetado, los reglamentos sobre el envasado y el contenido de los productos, y los métodos de análisis. A diferencia del Acuerdo MSF, el Acuerdo OTC no menciona de manera específica los organismos encargados de establecer las normas internacionales, cuyas normas deben utilizarse como referencia para determinar la observancia de las disposiciones del acuerdo.

14. El Código de Conducta de la FAO para la Pesca Responsable, que la Conferencia aprobó por unanimidad en su 28º período de sesiones, el 31 de octubre de 1995, ha confirmado los principios incorporados en el Acuerdo OTC y en el enfoque de la Comisión del Codex Alimentarius. El Artículo 6 (Principios Generales, disposiciones 6.7 y 6.14) y el Artículo 11 (Prácticas poscaptura y comercio) revisten una importancia particular para el comercio, la inocuidad y la calidad del. En las disposiciones 11.1.2, 11.1.3 y 11.1.4 se anima a los Estados a establecer y mantener unos sistemas nacionales de aseguramiento de la calidad e inocuidad eficaces, a promover la aplicación de las normas y los códigos de prácticas de la Comisión del Codex Alimentarius y a cooperar para lograr la armonización o el reconocimiento mutuo, o ambas cosas, de las medidas sanitarias y programas de certificación nacionales.

15. El Departamento de Pesca de la FAO, gracias principalmente a la financiación extrapresupuestaria recibida de Dinamarca, pudo capacitar a más de 1 300 profesionales del Gobierno y la industria en sistemas de calidad e inocuidad de los alimentos durante el período 1995-1999. Esto contribuyó al hecho de que en la lista I actual (agosto de 2001) de la Unión Europea (UE) de países terceros desde los cuales está autorizada la importación de pescado para el consumo humano figure un total de 58 países, de los cuales 47 son países en desarrollo. No obstante, hay una necesidad creciente de capacitación adicional, especialmente en los ámbitos de la aplicación y evaluación del HACCP y el análisis de riesgo. Habida cuenta de esta situación, el Departamento de Pesca intenta obtener fondos extrapresupuestarios a fin de atender la creciente demanda en estos ámbitos.

16. El Departamento de Pesca también ha participado en el programa general de capacitación de la FAO sobre negociaciones comerciales multilaterales en agricultura, pesca y silvicultura, especialmente en las regiones en las que la pesca reviste una importancia especial. En julio de 2001 se concluyó una serie inicial de 14 talleres subregionales. Este programa fue complementado con una serie de cinco talleres de capacitación sobre las repercusiones de los acuerdos de la OMC sobre el comercio pesquero, organizados por el Departamento de Pesca por conducto de sus Servicios de Información en Asia (INFOFISH), China (INFOYU), América Latina (INFOPESCA), la región Árabe (INFOSAMAK) y próximamente África (INFOPECHE).

17. En el ámbito del análisis de riesgos, la evaluación de riesgos en relación con los peligros microbiológicos en los alimentos se ha identificado como una esfera prioritaria de la labor de la Comisión del Codex Alimentarius. La FAO (incluido el Departamento de Pesca) y la OMS, emprendieron conjuntamente un programa de trabajo con el objetivo de proporcionar asesoramiento de expertos sobre la evaluación de riesgos en relación con los peligros microbiológicos de los alimentos a sus Estados Miembros y a la Comisión del Codex Alimentarius. El Departamento de Pesca ha iniciado una serie de estudios y cursos de capacitación sobre la aplicación de la evaluación de riesgos microbiológicos en la industria pesquera.

18. Por último, ante la creciente demanda de difusión de una información oportuna y pertinente sobre la inocuidad y calidad de los productos pesqueros, el Departamento de Pesca está elaborando un sistema de inocuidad de los alimentos de origen marino basado en Internet. Este sistema producirá unos documentos técnicos, material de capacitación, informes de consulta de expertos y hojas de datos orientados, pertinentes y útiles, así como una literatura oficiosa válida y comprobable. Mediante este enfoque, la FAO debería poder desempeñar una función catalizadora para la transferencia oportuna de información científica de gran valor desde instituciones prestigiosas de investigación sobre la pesca hacia el mundo en desarrollo, asegurando al mismo tiempo una calidad de la información adecuada.

CONCLUSIONES

19. La mundialización y la liberalización ulterior del comercio pesquero mundial, si bien ofrecen muchas ventajas y oportunidades, también plantean nuevos desafíos para la inocuidad y la calidad. Para garantizar la inocuidad y la calidad de los productos pesqueros en el nuevo milenio se requerirá un aumento de la cooperación internacional en el establecimiento de normas y reglamentos. Los acuerdos MSF/OTC de la OMC y la función de referencia que desempeña la Comisión del Codex Alimentarius proporcionan una plataforma internacional para estos fines.

20. No obstante, en este ámbito, los países en desarrollo se encuentran en desventaja debido a la insuficiencia/inadecuación de la capacidad y los recursos nacionales. Se necesita una mayor asistencia para la creación de capacidad en el HACCP y el análisis de riesgos y para desarrollar un sistema mundial de información sobre inocuidad y calidad del pescado basado en Internet que ofrezca información científica y técnica oportuna y pertinente en este campo.

21. En varios modos, los reglamentos de importación difieren en cuanto a si el HACCP debería prever únicamente la inocuidad (EEUU) o la inocuidad y la calidad (UE). El Comité del Codex Pescado y Productos Pesqueros ha debatido esta cuestión, y en el proyecto del Código de Prácticas (en trámite 3) integra la inocuidad y la calidad. En general, los inspectores de los gobiernos se preocupan por ambas cuestiones. La integración de la inocuidad y la calidad del pescado podría provocar que el sector industrial descuidara asuntos importantes relacionados con la inocuidad y que los gobiernos tuvieran que dedicar más recursos humanos para la comprobación. Mientras que el sector industrial sostiene que no sólo tiene que cumplir con los requisitos de inocuidad, sino también con los requisitos de calidad de los socios comerciales, es más eficaz respecto a los costes integrar ambos en el mismo sistema de HACCP. Esto tiene sentido desde el punto de vista de la tecnología de elaboración de pescado, ya que la mayoría de los peligros o los defectos de calidad suelen controlarse mediante las mismas medidas de lucha/prevención.

MEDIDAS QUE SE PROPONEN AL SUBCOMITÉ

22. Tal vez el Subcomité desee debatir sobre las repercusiones de la inocuidad y la calidad en el comercio pesquero, tanto a nivel interno como a nivel internacional. Se propone al Subcomité que presente observaciones sobre la labor de la FAO y recomiende orientaciones para la aplicación del HACCP, la creación de capacidad en análisis de riesgos y la información mundial sobre inocuidad del pescado.